La Generalitat de Catalunya tiene otorgada la competencia ejecutiva en materia de autorizaciones iniciales de trabajo para las personas extranjeras extracomunitarias, cuya relación laboral se cumpla en el ámbito territorial de Catalunya.
El resto de autorizaciones relacionado con personas extranjeras residentes en Catalunya continua siendo competencia del Estado. Esta competencia transferida afecta a las autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia, a las modificaciones de las autorizaciones iniciales de trabajo y al contingente de personas trabajadoras extranjeras. La autorización inicial de residencia temporal y trabajo se concede a las personas extranjeras que residen fuera de España.
Las modificaciones de autorizaciones iniciales de residencia y trabajo se conceden a las personas extranjeras que se encuentran en España y son titulares de una autorización por residencia y solicitan trabajar, o de una autorización de residencia y trabajo que quieren compatibilizar, mudar o cambiar la actividad laboral o ámbito territorial. Se trata de una competencia que se ejerce en coordinación con la que corresponde al Estado en materia de entrada y residencia de personas extranjeras.
La Generalitat ha diseñado un procedimiento conjunto entre las dos Administraciones para la resolución de las autorizaciones de residencia y de trabajo, caracterizado porque se inicia con una única solicitud de la persona interesada y finaliza con una resolución conjunta firmada por las dos Administraciones. Para la tramitación de las solicitudes, la Generalitat de Catalunya ha establecido 22 procedimientos en función de la diversa casuística derivada de las situaciones de las personas extranjeras, de los tipos de autorización y/o modificación.
http://www.oficinatreball.net/socweb/opencms/socweb_es/ciutadans/estrangeria/index.html



